Maternidad IMSS: Derechos, Cálculo de 84 Días y Preguntas Frecuentes

Publicado: 2025 | Basado en Artículo 101 LSS | Tiempo de lectura: 8 minutos

Ser madre en México es un derecho protegido por la ley. Cuando estés embarazada, el IMSS te garantiza un período de descanso remunerado de 84 días corridos, durante el cual recibes el 100% de tu SDI sin días de carencia.

Esta es una de las prestaciones más importantes de la Ley del Seguro Social. En esta guía te explicamos cuánto recibes, cómo se calcula, y responder tus preguntas frecuentes.

Marco Legal: Artículo 101 de la Ley del Seguro Social

El texto es claro: 100% del salario, sin descuentos, sin carencia.

¿Cuántos Días Exactamente?

La ley establece un período de 84 días corridos de descanso remunerado por maternidad.

Estos 84 días generalmente se dividen así:

🤰 Antes del Parto: 6 semanas (aproximadamente 42 días)
Comenzando 6 semanas antes de la fecha estimada de parto. Este período es de descanso obligatorio.
👶 Después del Parto: 6 semanas (aproximadamente 42 días)
A partir del nacimiento. Durante este período estás recuperándote del parto.

Total: 84 días corridos

Nota importante: El IMSS puede ajustar estas fechas si el parto ocurre antes o después de lo previsto. Pero siempre suman 84 días corridos totales.

¿Cuánto Dinero Recibes?

Durante los 84 días de maternidad, recibes:

100% de tu Salario Diario Integrado (SDI)

Ejemplo

Andrea está embarazada. Su salario mensual es $24,000.

Andrea recibirá $67,200 durante sus 84 días de descanso. Este dinero viene del IMSS, no de su empleador.

¿Hay Días de Carencia?

NO. A diferencia de la enfermedad general (que tiene 3 días sin pago), la maternidad no tiene días de carencia.

Recibes el 100% desde el primer día de tu descanso de maternidad.

Tipo de Incapacidad Pago Días de Carencia Duración
Enfermedad General 60% del SDI 3 días Hasta 52 semanas
Riesgo de Trabajo 100% del SDI 0 días Hasta 52 semanas
Maternidad 100% del SDI 0 días 84 días fijos

¿Cómo Solicitar tu Descanso de Maternidad?

El proceso es simple:

  1. Presenta tu certificado de embarazo al IMSS antes de la semana 32 de gestación (si es posible)
  2. El IMSS calcula tu fecha estimada de parto y asigna las fechas de descanso
  3. Recibes un documento oficial con tus 84 días de incapacidad por maternidad
  4. Entrégalo a tu empleador para que lo reporte
  5. A partir de la fecha de inicio, el IMSS deposita tu dinero cada mes

Documentos que necesitas:

¿Qué Pasa si el Parto es Prematuro o Tardío?

Parto Prematuro

Si das a luz antes de lo estimado, tu descanso post-parto se extiende automáticamente para que sigas teniendo 84 días totales.

Ejemplo: Si estaba previsto el parto en 6 semanas, pero nace en 4 semanas, tendrás 2 semanas extra de descanso después del parto.

Parto Tardío

Si el parto ocurre después de lo estimado, el IMSS extiende tu descanso prenatal hasta que nace el bebé, y luego aplica 42 días post-parto.

En cualquier caso, siempre suman 84 días corridos.

¿Qué Ocurre Durante los 84 Días?

No Debes Trabajar

Durante los 84 días, no debes ir al trabajo. Es un descanso obligatorio.

Si tu empleador te presiona a trabajar durante este período, es violación de ley. Puedes reportarlo a PROFEDET.

Mantienes tu Empleo

Tu empleador no puede despedirte durante los 84 días de maternidad (ni 30 días después). Esto es discriminación laboral, que es delito.

Recibe tu Salario Completo

Recibes el 100% de tu SDI. Tu empleador sigue contribuyendo al IMSS y AFORE como de costumbre.

¿Y Después de los 84 Días?

Después de completar los 84 días, tienes varias opciones:

Opción 1: Regresa Normalmente al Trabajo

Cuando terminen los 84 días, vuelves a tu puesto con tu salario normal.

Opción 2: Solicita Prórroga de Lactancia (30 Días Adicionales)

Puedes solicitar hasta 30 días más de descanso (no remunerados en algunos casos, o remunerados según el contrato). Esto es para amamantar.

Opción 3: Reduce tu Jornada para Lactancia

En lugar de días completos, puedes reducir tu horario de trabajo para tener tiempo de amamantar. La ley permite hasta 2 períodos de una hora diaria cada uno.

¿Qué Pasa si tengo Complicaciones en el Parto?

Si hay complicaciones durante o después del parto que requieren más tiempo de recuperación, el IMSS puede extender tu incapacidad más allá de 84 días.

Esto requiere:

Es importante que reportes cualquier complicación al IMSS inmediatamente.

¿Qué Pasa si Tengo Gemelos o Múltiples?

Si esperas gemelos o más bebés, los 84 días se aplican a todo el embarazo y recuperación, no se multiplican. Siguen siendo 84 días totales.

Sin embargo, si hay complicaciones por embarazo múltiple, puede haber incapacidades adicionales certificadas.

¿Y si Trabajo en ISSSTE, no en IMSS?

El ISSSTE (para empleados públicos federales) maneja la maternidad de forma prácticamente idéntica:

Los trámites se hacen en ventanillas ISSSTE, no del IMSS, pero los derechos son los mismos.

Preguntas Frecuentes

¿Pierdo mis vacaciones si me incapacitan por maternidad?

No. Las vacaciones y la maternidad son derechos separados. Sigues acumulando vacaciones durante tu descanso.

¿Puedo rechazar mi descanso de maternidad y quedarme trabajando?

Legalmente, el descanso de maternidad es obligatorio. Tu empleador no puede permitir que trabajes durante los 84 días. Es por tu salud y la del bebé.

¿Qué pasa si aborto o pierdo el embarazo?

Si pierdes el embarazo después de cierta semana de gestación (generalmente después de semana 22), tienes derecho a descanso según el IMSS. Los detalles dependen de cada caso. Consulta con el IMSS.

¿El dinero de maternidad se descuenta de mi pensión después?

No. Los 84 días de maternidad no afectan tu pensión futura. Se cuentan como semanas cotizadas al IMSS.

Conclusión

La maternidad en México es un derecho fundamental protegido por la ley. Tienes garantizado:

Si tienes dudas sobre tu caso específico, contacta al IMSS o consulta con un abogado laboralista. Tu derecho a ser madre y recuperarte está completamente respaldado por la ley.

Para calcular exactamente cuánto recibirás, usa nuestra calculadora legal de incapacidades.